Caracas, 18 de octubre de 2021

NOTA DE PRENSA

Preparada la continuación del fraude judicial contra Rodney Álvarez

El día 21 de julio del año en curso, por «sorteo», ingresó el expediente a la sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del circuito judicial penal del área metropolitana de Caracas, procedente del TRIBUNAL DOCE DE JUICIO por apelación de la defensa privada contra la fraudulenta sentencia condenatoria en perjuicio del trabajador ferrominero Rodney Álvarez, donde fue registrado con la nomenclatura 4424-2021.

Ante todo tenemos que denunciar la manipulación del sorteo de expediente en el caso de Rodney Álvarez, ya que en el año 2019, el recurso de apelación contra la decisión de la jueza Paulette León Guevara, quien negó la medida cautelar de libertad, fue remitido a la sala N°. 1 de la Corte de Apelaciones, hoy nuevamente, el expediente es remitido dizque por sorteo a la misma sala.

Sobre la actuación de los jueces de la Corte de Apelaciones, debemos señalar que el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente hasta el 15 de septiembre del presente año, establecía la inhibición obligatoria en el caso de jueces que habían conocido del caso, y en consecuencia, emitido opinión, sin embargo, la jueza EVELIN DAYANA MENDOZA HIDALGO, presidenta de la referida sala y a su vez presidenta del circuito judicial penal de Caracas, esperó que la defensa privada solicitara el cumplimiento de esta normativa para resolver su inhibición y la del juez integrante JOSE MIGUEL RHODE URBANEJA, como otra táctica dilatoria para continuar retardando el proceso judicial.

Es importante informar a la opinión pública que este último juez fue denunciado en el año 2019 ante la Inspectoría General de Tribunales por incumplimiento de derechos y garantías constitucionales en perjuicio de Rodney Álvarez, quedando dicha denuncia registrada con el numero R191302-19, la cual, por mandato del inspector general de tribunales MARCO ANTONIO MEDINA fue engaveta con órdenes precisas que se le negara al denunciante el acceso al expediente y cualquier información requerida.

En cuanto a la jueza EVELIN DAYANA MENDOZA HIDALGO, tuvo conocimiento del caso y emitió opinión en el año 2019, cuando se pronunció en contra de la medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de Rodney Álvarez, según se puede evidenciar en el expediente signado con el numero 4240-18, a pesar que el artículo 230 del COPP, establecía la obligación de otorgar una medida cautelar en aquellos casos en que transcurrido dos (2) años no hubiese culminado la judicialización.

Debemos denunciar que para la fecha en que la defensa privada solicitó la medida cautelar sustitutiva de libertad, el procesado tenía ocho (8) años sin que se hubiese concluido el juzgamiento, por lo tanto, era procedente desde el punto de vista legal y procesal el otorgamiento de la medida de libertad, sin embargo, la jueza EVELIN DAYANA MENDOZA HIDALGO, abusando de la autoridad y desconociendo las disposiciones legales, se opuso a que bajo ninguna circunstancia se le reconociera a Rodney Álvarez sus derechos a ser juzgado en libertad.

Hoy al igual que en el año 2019, se fragua un nuevo fraude judicial contra Rodney Álvarez, a quien pretenden ausentarlo de la audiencia de apelación para ratificar la ilegal sentencia condenatoria, aunque la Constitución Nacional en su artículo 49, numeral 3, establece que toda persona tiene el derecho a ser oída en cualquier clase del proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable, por lo tanto, en reconocimiento a este articulado, Rodney tiene el legítimo derecho a ser oído en todo estado y grado del proceso.

Al negársele este derecho, el gobierno nacional está demostrando que en Venezuela se perdió el Estado de derecho y de justicia y, en consecuencia, se instauró un régimen totalitario que controla todos los poderes constituidos.

Por último, hacemos un llamado a las abogadas GISELA HERNANDEZ ROZO, en su carácter de jueza presidenta, CARMEN TERESA BETANCOURT, integrantes de la sala accidental de la corte de apelaciones, y en especial a la jueza ponente LISBETH KARIM LUDERT SOTO, a que respeten el debido proceso y garanticen el derecho a un juicio justo e imparcial, y más en estos en momentos cuando la justicia internacional está exigiendo al gobierno nacional la pulcritud en la aplicación de la ley.